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Miércoles, 23 Noviembre 2022 12:02

La labor del intérprete judicial-policial

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A principios de noviembre, la Asociación Profesional de Traductores e Intérpretes Judiciales y Jurados (APTIJ) compartía en sus redes sociales la noticia de un juicio celebrado en Valencia, en el cual se denegó a los acusados la presencia de un intérprete judicial. Este hecho provocó que no se entendieran correctamente las palabras de la acusada, lo que la llevó a interponer un recurso de apelación que ahora la Audiencia Provincial ha estimado. El juzgado considera que la insuficiencia lingüística en la lengua meta impide una defensa efectiva y que esto es fundamental para garantizar el derecho a un proceso con todas las garantías. Finalmente, la Audiencia ha acordado la nulidad de la sentencia y del juicio, que tendrá que repetirse, esta vez con la presencia de un intérprete profesional y la intervención de otro magistrado.

Pese a la importancia de su labor, son muchísimas las personas que desconocen las particularidades del trabajo del intérprete judicial-policial e incluso lo confunden con el de otros profesionales. Por ello, queremos dedicar este artículo a aclarar algunos conceptos.

¿Es lo mismo un intérprete jurado que un intérprete judicial-policial?

El intérprete jurado es aquel acreditado como tal por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España para otorgar validez legal a declaraciones orales que se hacen de forma presencial y dar fe de la fidelidad del contenido que traduce verbalmente. Los intérpretes jurados ejercen su profesión de manera libre como trabajadores autónomos. Su presencia se suele requerir en procedimientos que se llevan a cabo ante notario, en el Registro Civil y otras administraciones públicas.

Por su parte, el intérprete judicial-policial trabaja para órganos judiciales y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Los intérpretes judiciales que trabajan en plantilla lo hacen como parte del Ministerio de Justicia o del órgano autonómico competente, mientras que los intérpretes policiales pertenecen a la plantilla del Ministerio del Interior y acceden a su puesto de trabajo a través de una oposición, lo que les convierte en empleados públicos. También algunos intérpretes judiciales son profesionales freelance que trabajan igualmente para los organismos judiciales y policiales, pero a través de una empresa adjudicataria.

¿En qué procedimientos interviene un intérprete judicial-policial?

La presencia del intérprete judicial-policial se puede requerir tanto en sede judicial como en sede policial. En el primer caso, podemos hablar de dos tipos de intervenciones: las que son de oficio (en asuntos penales o asuntos de otro orden jurisdiccional con justicia gratuita reconocida) y las que son a instancia de parte. Cuando se trata de procesos de orden penal o la parte que requiere de asistencia lingüística tiene reconocido el derecho de justicia gratuita, es la propia administración quien busca al intérprete judicial-policial y asume el coste de sus servicios, mientras que en el resto de los procedimientos es la parte necesitada de asistencia lingüística la que debe buscar y sufragar los servicios del intérprete profesional.

Por otro lado, en sede policial, la actuación del intérprete judicial-policial puede ser necesaria durante la fase preprocesal penal (por ejemplo, cuando se quiere presentar una denuncia o se ha detenido a un/a sospechoso/a) o en el marco de un procedimiento penal abierto. La tarea de los intérpretes judiciales-policiales es, por consiguiente, un requisito indispensable de la propia justicia, puesto que difícilmente se puede juzgar un asunto o defender a una persona si se carece de una comunicación fluida.

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