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Los emojis son uno de los elementos que han cambiado por completo la forma en que nos comunicamos en la era digital. Estas pequeñas imágenes se han vuelto parte de nuestras conversaciones, publicaciones en redes sociales y hasta correos electrónicos. A veces, incluso sustituyen por completo a las palabras. Pero aunque pensemos que, por ser «dibujitos», los emojis no necesitan traducción… la realidad es muy distinta.

En el mundo de la traducción, hay palabras que no tienen un equivalente exacto. Son expresiones profundamente ligadas a una cultura, a una forma particular de ver la vida, que no existen como tales en otras lenguas. A estas joyas lingüísticas las llamamos «intraducibles». Sin embargo, que una palabra sea intraducible no significa que no se pueda traducir, sino que exige algo más que un simple reemplazo léxico. Requiere una explicación, una adaptación creativa o incluso una pequeña pérdida de matiz.

Como cada año, la Asociación Nacional de Empresas de Traducción e Interpretación (ANETI) ha llevado a cabo su encuesta de clima empresarial para evaluar la situación del sector. En esta edición, correspondiente al ejercicio 2024, han participado 36 empresas, principalmente con sede en Madrid y Barcelona, lo que permite obtener una muestra representativa de la realidad del mercado español.

Cada 21 de mayo se celebra el Día Mundial de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo, una fecha que transmite un mensaje claro y nos recuerda algo fundamental: para convivir en paz, primero debemos entendernos. Y si queremos lograr ese entendimiento, no podemos prescindir de la traducción. Es una necesidad real y urgente.

En marzo de 2020, el mundo cambió de forma repentina. Y con él, también lo hizo la manera de trabajar en casi todos los sectores. La interpretación no fue una excepción. Cinco años después del inicio de la pandemia, es un buen momento para reflexionar sobre la evolución de la interpretación remota: los retos superados, las herramientas que surgieron y todo aquello que llegó para quedarse.

El 7 de marzo de 2025 entró en vigor en España una nueva normativa que regula la certificación de las traducciones juradas. Publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) bajo la Orden AUC/213/2025, esta actualización introduce cambios importantes en la forma en que los traductores jurados pueden certificar ahora sus documentos para adaptarse a las nuevas exigencias de la Administración Electrónica.

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